Religiones con raíces

Foto: Martin LaBar.¿A qué creen ustedes, mis improbables lectores, que se puede aplicar la expresión “notorio arraigo”? Tratándose de esta página no hablamos, claro, de árboles fuertemente enraizados en la tierra, ni de un grupo de música folklórica que indaga en la tradición; ni siquiera del medio por el que un inmigrante puede regularizar su situación gracias al tiempo que lleva entre nosotros. Nos referimos, por supuesto, a las religiones.

El “notorio arraigo”, en este caso, es una especie de premio que las autoridades españolas conceden graciosamente, como veremos más adelante, a las tradiciones religiosas. O, para ser estrictos, un estatuto jurídico que el Gobierno aconfesional que tenemos ofrece a las religiones implantadas en nuestro país, siempre que éstas lo soliciten y que cumplan ciertos requisitos. Algo así como reconocerles entidad o rango para negociar con ellas. Ni que decir tiene que este estatuto conlleva, a su vez, ciertas ventajas –principalmente de carácter fiscal. Al menos sobre el papel legislativo, que en la práctica todo es mucho más complicado.

En estos momentos, seis tradiciones religiosas gozan del reconocimiento de arraigo en España. La iglesia católica no está entre ellas porque no lo necesita. Su situación de privilegio, que viene de lejos, está bien asentada en el artículo 16.3 de la Constitución Española. En 1989 lo consiguieron protestantes, representados por la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE); judíos, como Federación de Comunidades Israelitas de España (FCIE) y musulmanes, a través de la Comisión Islámica de España (CIE). En 2003 alcanzó el estatuto la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, más conocidos como mormones. Y los últimos, por ahora, en sumarse a la lista fueron, en 2007, los Testigos de Jehová y el budismo, a petición de la Federación de Comunidades Budistas de España.

La concesión del estatuto se basa en criterios como el tiempo de presencia en el país, el número de creyentes, el ámbito territorial de extensión, la representación social, la cantidad de personal religioso o el número de lugares de culto. Pero como la ley no fija baremos concretos, estos criterios resultan a la postre bastante evanescentes y quedan a discreción del Ministerio de Justicia, que es el órgano decisorio de la Administración. Así, por ejemplo, los budistas obtuvieron el reconocimiento con menos del cinco por ciento de la población. Cabe preguntarse, pues, si se podrá negar a otras religiones minoritarias que también lo soliciten.

Legitimación aparente
Esto no es baladí, puesto que el notorio arraigo es una suerte de legitimación pública de la presencia en la sociedad española, además de la referencia del Gobierno para firmar acuerdos de cooperación. Al menos, en apariencia. Hasta la fecha, sólo protestantes, judíos y musulmanes han llegado -en el ya lejano año de 1992- a acuerdos con el Estado. Aparte de las medidas fiscales (que consisten básicamente en la deducción de impuestos sobre bienes inmuebles y sociedades sin ánimo de lucro) los acuerdos garantizan la inviolabilidad de los lugares de culto y sus archivos, así como el secreto profesional del personal religioso; fijan espacios en los cementerios públicos; reconocen validez civil a determinados días festivos y a los matrimonios celebrados por los ritos religiosos y garantizan la educación religiosa en las escuelas públicas y privadas y la asistencia de personal religioso en hospitales, prisiones y fuerzas armadas.

Aplazamientos y discriminaciones
Pero incluso entre las confesiones con notorio arraigo hay discriminaciones. Mormones, testigos de Jehová y budistas no han logrado firmar acuerdos de cooperación y carecen, por tanto, de las ventajas y privilegios que disfruta el resto. En lugar de los acuerdos, el Gobierno pretendía incluir en la nueva Ley de Libertad Religiosa una modificación para ampliar los beneficios fiscales a todas las religiones con arraigo. Ocurre que la reforma de la Ley, que estaba previsto enviar al Parlamento el pasado otoño, se ha aplazado sine die, tal como comunicó el propio Zapatero a Benedicto XVI en Barcelona. Así que estas tres confesiones tendrán que seguir esperando.

Las otras tres tampoco están muy satisfechas. Las normas establecidas en sus acuerdos rara vez se cumplen, principalmente las de materia laboral o educativa. Y no es sólo que se incumplan; es que la postura gubernamental es de una total indiferencia hacia este asunto. Baste un ejemplo: para el curso académico 2007-08, la CEI estimó que 120.000 alumnos optarían por dar la asignatura de religión islámica en los colegios públicos, para lo que se necesitarían 314 profesores; sólo se contrataron 41. La conclusión es que los padres envían a sus hijos a centros donde enseñan imanes extranjeros, algunos de los cuales son fervientemente antidemocráticos. Es decir, el Gobierno permite que “sabios” de otros países digan a los musulmanes españoles cómo tienen que vivir aquí.

Nuestras autoridades se equivocan, desde luego. Porque no es suficiente con respetar sobre el papel la libertad o el hecho religioso en sí. Hay que ir más allá: se debe facilitar el ejercicio de la religión, de manera que todos los creyentes se sientan en condiciones de igualdad. Porque es mejor garantía para asegurar su compromiso con la sociedad y la convivencia entre todos.

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