Dignidades despreciadas

Desde que en 2021 las autoridades talibanas regresaron al poder en Afganistán, han emitido más de un centenar de edictos estableciendo un sistema institucionalizado que restringe o elimina los derechos de las mujeres y de las niñas, las segrega, atenta contra su dignidad y las excluye

Richard Bennett, designado en mayo de 2022 relator especial de Naciones Unidas (UN) para la situación de los derechos humanos en Afganistán, presentó el pasado mayo su informe anual en la Asamblea General de NU. En él analiza “El fenómeno de un sistema institucionalizado de discriminación, segregación, desprecio de la dignidad humana y exclusión de las mujeres y las niñas”, como aparece en el título del mismo. Un sistema -afirma- que “está motivado por y se traduce en un rechazo de la plena humanidad de las mujeres y las niñas, omnipresente y metódico, institucionalizado a través de edictos y políticas que sancionan y refuerzan la grave privación de derechos fundamentales”.

El relator, aunque se centra en los daños que causa este sistema institucionalizado de opresión basado en el género, también destaca que produce daños devastadores no solo a la sociedad afgana en general, sino que se extienden más allá de sus fronteras, y se pregunta cómo es posible que, teniendo conocimiento la comunidad internacional de tal denegación de derechos fundamentales, especialmente, a las mujeres y a las niñas, sustentada por una opresión que resulta prácticamente imposible de sortear para la población afgana, no actuemos y permanezcamos al margen.

Mediante este sistema institucionalizado de opresión, los talibanes cometen sistemáticamente graves violaciones de los derechos humanos y así lo ha expresado el relator en informes precedentes. En el que nos ocupa, detalla las nefastas consecuencias que supone la denegación a las mujeres y a las niñas de cinco derechos fundamentales: el derecho a la educación, al trabajo, a la libertad de circulación, el derecho a la salud y el acceso a la justicia. Asimismo reitera que “la violencia contra las mujeres y las niñas constituye una forma de discriminación tal como se define en el derecho internacional de los derechos humanos, en particular en la Convención sobre la Eliminación de Todas las formas de Discriminación contra la Mujer”, firmada en su día por Afganistán, que se reduce así a papel mojado como papeles mojados son todos y cada uno de los convenios internacionales y tratados de derechos humanos que  obligan a Afganistán, como Estado firmante, no solo a abstenerse de cometer violaciones, sino también a crear un entorno en el que se respeten los derechos y se establezcan leyes que garanticen el Estado de derecho.

Resultan de gran interés los argumentos que Richard Bennett detalla en el informe y que le llevan a concluir que el sistema institucionalizado de discriminación de género constituye un ataque generalizado contra toda la población civil de Afganistán, un ataque sistemático, conforme a una política y a las leyes que sustentan dicho sistema.

El relator especial va desgranando los argumentos necesarios que permiten afirmar que en Afganistán los talibanes están cometiendo crímenes de lesa humanidad, una afirmación esencial para reclamar la acción de la Corte Penal Internacional, cuya misión es investigar y perseguir a todas aquellas personas que hayan cometido delitos graves de trascendencia internacional como los crímenes de lesa humanidad.

En efecto, en Afganistán se han producido y se siguen produciendo conductas y situaciones que son parte de un ataque generalizado y sistemático contra la población civil, con especial virulencia contra las mujeres y las niñas, con el conocimiento de las autoridades talibanas que los institucionalizan y apoyan mediante decretos y leyes. Este tipo de ataques entran dentro de la categoría de crímenes de lesa humanidad, porque se trata de violaciones gravísimas del derecho internacional que lesionan a la humanidad, aunque materialmente hayan afectado, únicamente, los derechos de un grupo de personas. Así lo establece el artículo 7 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional:

“En virtud del Estatuto de Roma, la persecución por motivos de género está específicamente incluida como crimen de lesa humanidad. Esto significa que la Corte Penal Internacional tiene jurisdicción sobre crímenes que implican la privación intencional y grave de derechos contraria al derecho internacional contra un grupo que es objeto de persecución por motivos de género”.

Así, pues, el relator especial expone detalladamente las características del sistema institucionalizado de discriminación que impera en Afganistán que coincide con las características de los crímenes de lesa humanidad. ¿Qué más se necesita para que la Corte Penal Internacional, conforme a su misión, investigue tales delitos en Afganistán? ¿Qué más se necesita para que la comunidad internacional reaccione y exija sin más dilación que la Corte Penal Internacional cumpla su misión ante los crímenes de lesa humanidad?

Otra instancia que debería abordar los abusos contra los derechos humanos en Afganistán es la Corte Internacional de Justicia, principal órgano judicial de Naciones Unidas. A diferencia de la Corte Penal Internacional que juzga a individuos, la Corte Internacional de Justicia afecta a países y puede iniciar investigaciones y abrir causas de oficio relacionadas con presuntos crímenes de genocidio, de lesa humanidad, los crímenes de guerra y el crimen de agresión. El relator especial apoya los esfuerzos para iniciar una causa contra Afganistán en la Corte Penal Internacional.

La comunidad internacional debe reaccionar y apoyar las actuaciones del relator quien afirma sin ambages que lograr justicia dentro del Afganistán controlado por los talibanes parece un reto inasumible, por lo que es preciso identificar y apoyar vías en distintos foros internacionales para los procesos de justicia que al respecto se incoen.

Autoría

  • Mª Teresa de Febrer

    Nací a mediados del siglo pasado en el Mediterráneo. Estudié Derecho y contemplé un amplio horizonte de posibilidades, pero el descubrimiento de la Declaración Universal de los Derechos Humanos marcó mi rumbo, personal y laboral. Ya jubilada, intento compartir mi cosecha vital y abrir nuevos surcos para la siembra y el reconocimiento de los derechos humanos.

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